Recordemos que la licencia médica electrónica es un escrito, que hace constar que te encuentras en situación delicada de salud por alguna enfermedad. Y a su vez en ella se manifiesta el tiempo que ameritas de reposo que puede ser total o parcial, pero que pasa si la pierdes y te preguntas Cómo recuperar una licencia médica electrónica.
A continuación te indicaremos el proceso de Cómo recuperar una licencia médica electrónica, así como también te suministramos otros datos relevantes que debes tomar en cuenta con este asunto.
Tabla de Contenidos
Cómo recuperar una licencia médica electrónica
Para obtener la copia de su licencia médica, debes de ingresar a la página web oficial y completar con el folio y código de verificación que se encuentra en el comprobante entregado por el médico.
Cómo recuperar una licencia médica electrónica, es sencillo, solo debes hacer los siguientes pasos:
- Das clic en “ir al trámite en línea”.
- Una vez en la página oficial web de Fonasa, escoge una de las siguientes alternativas para ingresar al sistema:
- Pulsas clic en “tramitar licencias”.
- Seleccione la licencia, y pulsas clic en “tramitar”.
- Para culminar el procedimiento, das clic en “tramitar”.
Dónde tramitar licencias médicas
El trámite de las licuescencias médicas, facilita a todos los empleadores del ámbito público o privado, y a todos los trabajadores en la categoría de independientes, cumplir con la obligación de suministrar el formulario en papel de la licencia médica a la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN), para que indique su pronunciamiento médico, y evalúe el derecho al subsidio y el respectivo saldo, en los casos que apliquen.
Los trabajadores tienen licencias médicas originadas de un medio electrónico, no requieren entregar la fotocopia del documento a la COMPIN.
Consideraciones:
- Este trámite únicamente aplica para los afiliados al Fondo Nacional de Salud (Fonasa), ya que todos los trabajadores afiliados a una Isapre deben presentar la licencia médica en la seede respectiva.
- Aquello trabajadores que estén afiliados al Instituto de Seguridad Laboral (ISL) y su licencia médica es de la categoría 5 (accidente laboral o de trayecto) o modo 6 (enfermedad profesional) deben tramitarla directamente en esta institución pública.
Con respecto a la contingencia nacional por Coronavirus (COVID-19):
- Se originó un nuevo procedimiento para el suministro del formulario en papel y los antecedentes complementarios (ver más información en la página).
- La entrega fuera de tiempo del formulario en papel de la licencia médica (tanto por el trabajador o el empleador) se estima justificada por motivo de fuerza mayor.
¿Cuál es el plazo para entregar la licencia médica?
De acuerdo al ámbito del trabajador se encuentran pautado estos plazos:
- El trabajador del sector privado, cuenta con dos días hábiles contados desde el comienzo de la licencia médica, para entregarla a su empleador. Se debe contabilizar como primer día de plazo el primer día hábil con la mencionada licencia médica.
- El trabajador del sector público, tiene tres días hábiles contados desde el comienzo de la licencia médica para presentársela a su respectivo empleador. Se debe calcular como primer día de plazo el primer día hábil de dicha licencia médica.
- El trabajador independiente, este debe gestionar directamente la licencia ante el organismo que le compete, bien sea COMPIN o ISAPRE y estos disponen de dos días hábiles continuos a la fecha de emisión de la licencia, siempre y cuando esté dentro de su tiempo de vigencia.
Cómo revisar el estado de una licencia
El trámite de comprobación en línea facilita a los afiliados al Fondo Nacional de Salud (Fonasa) evaluar el estado de una gestión por licencia médica. Son tres las opciones pautadas: aprobada, rechazada o pendiente, en una evaluación que efectúa la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (Compin).
Dentro de las cualidades de la licencia médica, cabe destacar que es un beneficio tanto para trabajadores dependientes, independientes o que tengan convenios por días/turnos, que les da la alternativa de ausentarse de su etapa de trabajo, motivado a una incapacidad parcial o total, justificada por un profesional médico.
Durante el período que se amplíe la ausencia del trabajador/a se puede percibir el Subsidio por Incapacidad Laboral (SIL), que sustituye su remuneración, siempre y cuando se cubran los requisitos pautados en la normativa, como el Decreto con Fuerza de Ley (DFL) N.º 44 de 1978.
¿Dónde se puede realizar la consulta?
El estado de la licencia médica, únicamente para asegurados de Fonasa, se puede verificar en el siguiente sitio web creado exclusivamente para el trámite.
Será requerido contar con el número de folio de la licencia a consultar, así como el RUT del trabajador a quien le corresponda.
Además de evaluar el estado inicial de la licencia, se puede conocer los siguientes datos vinculados a ella:
- Nombre completo del trabajador y del empleador.
- Modalidad de licencia.
- Tiempo del reposo autorizado.
- Entidad pagadora (únicamente si la licencia médica fue aprobada). El sistema suministrará los pasos a seguir para realizar el cobro pertinente al caso.
Para dudas o más información vinculada, COMPIN origino un número de teléfono de atención al usuario: 600 460 4600.
Quiénes pueden tramitar una licencia médica
La licencia médica es un documento que puede ser ampliado o extendido por un médico cirujano, cirujano-dentista o partera, por medio el cual el profesional certifica que un trabajador se halla incapacitado temporalmente para laborar, indicando reposo total o parcial, por un lapso de tiempo determinado, con el fin de asistir el restablecimiento de su salud.
Esta licencia médica la puede tramitar cualquier trabajador de empresa pública, privada o independiente, que reuna los requisitos pertinentes.
Requisitos
Los requisitos que debe tener un trabajador para tener derecho al pago de subsidio por la emisión de una licencia médica, dependerá de la categoría de trabajador de que se hable; trabajador dependiente con un contrato indefinido o Trabajador dependiente con un contrato temporal.
Trabajador dependiente que tenga contrato indefinido:
- Poseer una licencia médica autorizada.
- Contar con un mínimo de 6 meses de afiliación al Sistema Previsional (AFP o INP).
- Tener 3 meses de cotizando previsionales, abarcando los 6 meses anteriores al mes en que se comienza la licencia.
Trabajador dependiente con un contrato temporal:
- Contar con su respectiva licencia médica autorizada.
- Contar un mínimo de seis meses de registro en el Sistema Previsional (AFP o INP).
- Tener un mes de cotizaciones previsionales, dentro de los seis meses anteriores al mes en que se comienza la licencia.
Cuáles son los usos de una licencia médica
La licencia médica es un escrito que certifica y hace constar que te encuentras con cierto problema de salud, e indica, entre otros detalles, el tipo de reposo que debes acatar (total o parcial) y por cuanto periodo de tiempo debes acatarlo. La licencia médica se puede llegar a extender por un médico cirujano, un cirujano dentista o una partera.
Los motivos argumentados son los siguientes:
- Enfermedad o también accidente común.
- Prórroga por medicina preventiva.
- Licencia por maternidad o pre y posnatal.
- Enfermedad de gravedad del hijo menor de un año.
- Accidente por trabajo o del trayecto al mismo.
- Enfermedad por ejercicio profesional.
- Patología por embarazo.
Preguntas frecuentes
¿Qué debo hacer al percibir una licencia médica?
- Cuando el doctor te la suministra, debes revisar que todos los datos estén correctos, como son: Tu nombre, apellido, tu Rut, periodo de reposo, fecha, etc.
- Después de verificar todos los datos y si están correcto, deberás de firmarla.
- Luego, debes entregarla o hacerla llegar a tu empleador presencialmente, o bien pedirle a alguien de tu confianza que la presente por ti.
- Importante, después de esto, deberás guardar el comprobante de recibido que firma y sella tu empleador.
- Si eres un trabajador independiente, después de verificar la licencia, debes hacer la entrega a la COMPIN o ISAPRE, según sea pertinente.
¿A quién le toca hacer el pago de la licencia médica?
Si estás registrado a una Isapre, a este le corresponde pagar a la Isapre. Si estás en FONASA, la licencia la debe de pagar el Servicio de Salud, por medio de la COMPIN.
¿Por cuántos días debe ser la licencia médica para que la paguen?
Para que te paguen la totalidad de los días de la licencia, esta deberá ser por al menos de 11 días consecutivos. Si es menor a ese periodo, pierdes la remuneración de los tres primeros días de dicha licencia, es decir, si tu licencia es por cinco días, te van a pagar solo el cuarto y el quinto día. Si es por once días, te los pagarán totalmente, salvo que tu empresa tenga un convenio o beneficio con sus empleados, para pagar los tres primeros días y así no pierdes tus ingresos.
También debes tener presente que te pagarán la licencia con vinculación a tu base imponible. El pago de la licencia tiene un limte de UF 66,4. (1 millón 500 mil pesos, estimados). Si tu base imponible es superior, te pagarán únicamente hasta mencionada cantidad.
¿Qué debe considerar el empleador cuando recibe una licencia médica?
El empleador al aceptar la licencia médica debe:
- Llenar los antecedentes vinculados con la propia individualización de la empresa, además anexar información de la situación laboral y previsional del empleador, unido con las remuneraciones y datos del trabajador si ha hecho uso de licencias médicas en los últimos 6 meses.
- Devolver el formulario firmado en los tres días hábiles siguientes a la fecha de la entrega, al organismo competente (COMPIN, C.C.A.F. o ISAPRE).